miércoles, 27 de enero de 2010

Izquierda Unida registra una iniciativa para que los prejubilados forzosos cobren su jubilación completa y sin penalizaciones


Izquierda Unida, junto a los integrantes de su Grupo Parlamentario de ERC-IU-ICV, ha registrado en el Congreso de los Diputados una proposición de ley donde plantea que los trabajadores que pasen a la situación de “jubilación anticipada forzosa” perciban su pensión completa y sin ningún tipo de penalización al cumplir los 65 años.

En concreto, el texto de esta iniciativa por la que se debería modificar la Ley General de la Seguridad Social establece textualmente que “cuando el trabajador que ha accedido a la jubilación anticipada derivada del cese en el trabajo como consecuencia de la extinción del contrato de trabajo, en virtud de causa no imputable a la libre voluntad del trabajador, cumpla los sesenta y cinco años, la pensión dejará de ser objeto de reducción por la aplicación de los anteriores coeficientes, siempre y cuando se acredite un período mínimo de cotización efectiva de treinta y cinco años”.

El portavoz parlamentario de IU en el Congreso, Gaspar Llamazares, recuerda que “tras diversas modificaciones en la ley que regula estas circunstancias se ha profundizado en la distinción entre jubilaciones anticipadas voluntarias y forzosas, pero creemos que no lo suficiente. A las primeras se les continúa aplicando el porcentaje reductor del 8% por cada año que le reste al trabajador por cumplir los 65 años. A las segundas se les aplica una escala de coeficientes reductores mejorada que va desde un mínimo del 6% para quienes cotizaron 40 años o más, hasta un máximo de un 7,5% para trabajadores que acrediten 31 años cotizados. Además, se introdujo el requisito de la involuntariedad en el cese de la relación laboral para los trabajadores no mutualistas que hubieran cumplido 61 años y tuvieran acreditados al menos 30 años de cotización”.

Para evitar dudas, el texto de la proposición de ley registrada señala que “las retenciones que se estuvieran aplicando como consecuencia de los coeficientes reductores en las jubilaciones anticipadas forzosas quedarán sin efecto al cumplir el trabajador los 65 años, siempre y cuando se acredite un período mínimo de cotización efectiva de treinta y cinco años”.

Además, se aclara de forma expresa que “se entiende por jubilaciones anticipadas forzosas a los efectos de esta disposición las derivadas del cese en el trabajo como consecuencia de la extinción del contrato de trabajo en virtud de causa no imputable a la libre voluntad del trabajador. A estos efectos, tendrán la misma consideración las extinciones producidas por acuerdos colectivos y las producidas por contratos individuales de prejubilación”.

Para Llamazares, “a pesar de las ligeras mejoras que se han efectuado hasta ahora en las sucesivas reformas en los coeficientes reductores, desde IU consideramos que siguen penalizando en exceso a aquellos trabajadores que se ven abocados a la jubilación de forma obligatoria”.

La iniciativa muestra también la contradicción existente en la actualidad, sobre todo atendiendo al carácter contributivo del sistema de Seguridad Social, cuando la ley establece que un trabajador con 30 años de cotización que se jubile a los 65 años cobre el 90% de su base reguladora, mientras que otro con más de 40 años que anticipe forzosamente su edad de jubilación pueda cobrar, de por vida, entre un 70% y un 76% de esa base.

De esta forma Izquierda Unida atiende a las demandas planteadas por numerosos colectivos, asociaciones y sindicatos que van en el mismo sentido que plantea esta reforma y se posiciona de una forma clara de cara a una futura reforma del Pacto de Toledo, pero en la línea no de recortar derechos a los trabajadores y futuros pensionistas, como si pretenden otras formaciones políticas.

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